Fecha de publicación: 07/06/2022

Requerimiento de información en el marco de la Ley REP

El Ministerio de Medio Ambiente recordó a las empresas la obligación de informar las cantidades de productos prioritarios puestos en el mercado en el año 2021.

El 2 de mayo el Ministerio del Medio Ambiente publicó su Resolución Exenta N°439, mediante la cual requiere a las empresas informar las cantidades de productos prioritarios puestos en el mercado en el año 2021, en el marco de la Ley N°20.020 que “Establece Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje” (“Ley REP”).

Las empresas deberán entregar la información requerida hasta las 14:00 horas del 1 de julio del año en curso, arriesgándose a multas de hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales en caso de no cumplir.

Los productos prioritarios establecidos en la Ley REP son los siguientes: aceites lubricantes; aparatos eléctricos y electrónicos; baterías; envases y embalajes; neumáticos; y pilas. Para cada producto prioritario se contempla la dictación de un reglamento que establece las metas de recolección y valorización, así como también otras obligaciones asociadas.

En el caso del sector productor de huevos los materiales respecto de los cuales deben informar corresponden fundamentalmente a las bandejas, estuches y cajas que se utilizan para comercializar los huevos.

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